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Metodología Censos históricos

  1. Introducción
  2. Fuentes
  3. Ámbito temporal
  4. Ámbito territorial

  1. Introducción

  2. El Instituto de Estadística de las Illes Balears (IBESTAT), atendiendo a las demandas de numerosos usuarios, ha recopilado la serie histórica de datos censales (1768-1981) referidos a las Illes Balears que completa la información, ya facilitada en la web, de los censos posteriores.
    En España los censos gozan de una larga tradición histórica. Hoy se define el censo de la población como una operación estadística de competencia estatal y periodicidad decenal cuyo objetivo principal es recoger las características demográficas, sociales y económicas de la población. No siempre fue así: en su etapa más primitiva se pueden encontrar antecedentes de cómo para cumplir distintos objetivos políticos se confeccionaban listas de la población o de parte de la población. Inicialmente estas actuaciones tenían un ámbito local pero ya en el siglo XVI se pueden encontrar los primeros trabajos estadísticos con una ambición más universal. Los primeros censos eran “listas” que obedecían a intereses, en general, relacionados con una voluntad recaudatoria; no buscaban conocer a la población, sino obtener una relación de los vecinos con el objetivo de distribuir los impuestos o de una relación de los recursos humanos disponibles para alguna finalidad, por ejemplo militar.

     


  3. Fuentes

  4. Para poder realizar este trabajo se han consultado las publicaciones de cada uno de los censos, a partir de las que el Ibestat ha procedido a seleccionar la información referida al archipiélago balear y, posteriormente, cuando ha sido posible, a informatizarla o, si no ha sido posible, a volcar la información en una hoja de cálculo.

    A mediados del siglo XVIII se lleva a cabo lo que se ha catalogado como primer censo español moderno. Este censo, conocido como censo del conde de Aranda (1768) presenta algunas de las características propias de los censos modernos: su finalidad era conocer a la población, se elaboró un formulario único que debían responder todas las diócesis, se dirigía a toda la población (incluidos el estamento nobiliario y el eclesiástico) y se estableció la prohibición de hacer públicos los datos individuales. Los manuscritos originales se han perdido, de manera que para la edición facsímil que publicó el INE en 1999 se recurrió a la copia incompleta que en 1773 la Real Academia de la Historia había ordenado hacer. Ese fondo documental reproducido por el INE es la fuente que el Ibestat ha utilizado para confeccionar la tabla que se publica de este censo.

    Los resultados del censo de Aranda se consideraron poco fiables y aconsejaron que en 1786 Don José Moñino y Redondo, conde de Floridablanca y ministro de Carlos III, dictara una real orden por la que se disponía la realización de un nuevo censo. Un hecho sobresaliente de este censo fue que se dictó una orden para que antes de iniciar el censo los intendentes de las diferentes provincias hicieran una relación de todos los pueblos de las mismas (antecedente del actual nomenclátor), a fin de disponer de un inventario de todos los pueblos de la corona y facilitar el control de la recogida de la información. Los datos referidos a Baleares del censo de Floridablanca se han obtenido de la trascripción realizada por el INE de acuerdo a la documentación localizada en el Archivo de la Real Academia de la Historia, la Biblioteca del Palacio Real, la Biblioteca Nacional y otros archivos provinciales.

    El censo de Godoy (1797) fue el último censo del siglo XVIII. Sigue las mismas directrices de los anteriores y se publicó en 1801. Los manuscritos originales se perdieron y solo existe un resumen provincial (o de intendencias) del que se ha seleccionado una tabla por edad y estado civil y otra de ocupaciones. El censo de Godoy no tuvo continuidad hasta mitad del siglo siguiente, porque la inestabilidad política de esos años impidió la realización de nuevos recuentos de población, aunque se hicieron algunos de escasa fiabilidad y con un carácter más localista, conocidos como censos de policía.

    Los censos de la segunda mitad del siglo XIX (1857, 1860, 1877, 1887 y 1897) incorporan avances importantes tanto en la recogida de la información como en el volumen de información proporcionada. En este período los censos son organizados y controlados por un organismo estadístico integrado en la estructura administrativa del Estado: en 1856 se creó la Comisión de Estadística del Reino, que en 1857 cambió su nombre por Junta de Estadística, y en 1870 se creó el Instituto Geografico, que tres años después asumió las tareas de la Junta de Estadística y pasó a llamarse Instituto Geográfico y Estadístico.

    En el siglo XX se siguen introduciendo mejoras tanto en lo que se refiere a la recogida de la información y el tratamiento de datos como en las clasificaciones utilizadas, la difusión de resultados y el detalle territorial. Desde 1900 ha habido censos de población cada diez años sin excepción alguna, y en los censos de 1970 y 1981 la información se recogió a partir de una muestra. En 1901 el Instituto Geográfico y Estadístico se transformó en una dirección general dependiente del Ministerio de Trabajo y a partir de entonces se produjeron diversos cambios hasta que en 1945 se creó el Instituto Nacional de Estadística. Todos los censos del siglo XX se han llevado a cabo bajo la supervisión del órgano estadístico nacional del momento.

    Población

    Los datos incluidos en esta publicación se refieren a la población balear, aunque el criterio de clasificación seguido no siempre ha sido el mismo. En el censo de Aranda se contabilizan los vecinos de las parroquias y en el censo de Floridablanca se hace referencia a “almas”.

    En el censo de 1857 se introdujo la clasificación de la población por municipios según su situación de residencia (establecida y transeúnte) proporcionando cifras agregadas de la población de derecho y de hecho. En 1857 y 1860 se entendía como población de hecho la población establecida más la calificada de transeúnte en el momento censal, mientras que la población de derecho quedó delimitada a la presente (“establecida”) en el momento censal. En el censo de 1887 se clasificó como población de derecho a los habitantes presentes en el territorio de referencia en la fecha de referencia censal más los ausentes, y como la población de hecho, a los habitantes presentes en el territorio de referencia en la fecha de referencia censal más los transeúntes. Esta clasificación (situación de residencia de la población) se mantuvo en todos los censos posteriores hasta 1991. En el censo del 2001 desaparece.

    Los censos de mediados del siglo XIX y hasta el censo de 1950 clasifican las características demográficas de la población de hecho. A partir de 1960 se refieren a la población de derecho.

     


  5. Ámbito temporal

  6. En esta recopilación se recogen datos de los censos modernos (desde mediados del siglo XIX hasta el censo de 1981). Además se incluyen varias tablas con datos de censos anteriores, como el de Aranda (1768), el de Floridablanca (1787) y el de Godoy (1797).

    Los censos primitivos se elaboraban obedeciendo al interés gubernamental del momento y no tenían una periodicidad fijada. En 1858 el Real Decreto que ordenaba la realización del censo de 1860 estableció la obligación de elaborar un censo cada cinco años, pero siguiendo recomendaciones internacionales, en 1863 este intervalo pasó a ser decenal. El siguiente censo debía haber sido en 1870, pero la inestabilidad política del momento no lo permitió hasta 1877, censo al que siguieron el de 1887 y el de 1897.

    En 1887 se promulgó una ley que estableció que a partir de 1900 los censos debían realizarse con una periodicidad decenal, en los años acabados en cero y con referencia al 31 de diciembre. Posteriormente, por acuerdo internacional, se estableció que se realiazan en los años acabados en 1 (censos de 1981, 1991, 2001 y 2011). El censo de 1857 tenía como fecha de referencia el 21 de mayo; el de 1860, el 23 de diciembre; los censos de 1877 a 1970, el 31 de diciembre, y el de 1981, el 1 de marzo.

     


  7. Ámbito territorial

  8. La mayoría de las tablas proporcionan cifras para el conjunto de las Islas Baleares, y en pocas ocasiones se desciende al ámbito municipal, aunque en los censos del siglo XX el número de preguntas incorporadas se amplía notablemente de censo a censo. La desagregación territorial con la que se publicaron los resultados de los censos de 1991 y 2001 solo fue posible por el modo de recogida de la información y por disponer de los ficheros correspondientes que permitieron hacer una explotación más detallada.

    En los censos anteriores a 1930 se proporcionan datos para el total de las islas, se incorporan algunas tablas agregadas por partido judicial y con menor frecuencia algunas por municipio. A partir de 1930 y hasta 1981 se introducen clasificaciones por tamaño (estrato) del municipio, que son agregaciones de los municipios según el número de habitantes de su población de hecho si es un censo anterior a 1960 o de la población de derecho si es posterior a 1950.

    En los censos de 1960, 1970 y 1981 se utiliza una clasificación por zona (tipo de municipio) que son también agrupaciones de municipios con las siguientes categorías:

    -    Zona rural: municipios menores de 2001 habitantes

    -    Zona intermedia: municipios entre 2001 y 10.000 habitantes

    -    Zona urbana: municipios mayores de 10.000 habitantes

    Los municipios se presentan en las tablas con los topónimos actuales. En el caso de que en la serie histórica un municipio se haya agregado o desagregado de otro existente en la actualidad la manera de presentarlo es mediante la unión o la separación del topónimo. Por ejemplo, en los censos de 1857 a 1920 el municipio de Alaró estaba formado por lo que hoy es Alaró y Consell: en las tablas de esos años aparecerá (agregado) Alaró + Consell.

    Siguiendo con el ejemplo anterior, en la tabla resumen de la evolución de la población según los censos por municipio, las series se presentan de la siguiente manera: en los censos de 1857 a 1920 figurará una cifra de población en el literal (agregado) Alaró + Consell y en los censos posteriores aparecerá un punto (no aplicable). A partir de 1930 en el literal “Alaró” y en el de Consell figurará un dato de población, y en los datos anteriores a 1930 figurará un punto (no aplicable). (En la metodología completa se proporciona una lista con los cambios experimentados en los tamaños territoriales de los municipios).

     


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